Multas: un proceso claro
- El Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas es el centro del sistema.
17 diciembre 2024
Aunque con los años ha ido creciendo en tamaño y funciones, el Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas (CTDA), situado en León, echó a andar en marzo de 2008 con el objetivo de tramitar las infracciones por exceso de velocidad procedentes de los radares fijos (cinemómetros). Para hacernos una idea de su volumen de trabajo, basta repasar las cifras de 2023: el año pasado en el CTDA se generaron 4.559.641 evidencias de infracción, de las que se tramitaron 3.010.643 como expedientes sancionadores.
Gestión a distancia Todos los cinemómetros fijos en carretera (y las cámaras de control) están informatizados y gestionados a distancia. Además, a estos equipos se les hace una revisión técnica directa los 365 días del año mediante conexión remota, lo que garantiza que las evidencias de las infracciones que se obtienen cumplen los estándares de calidad que exige el CTDA.
¿Cómo es el proceso después de que se haya cometido una infracción de velocidad? Se trata de un proceso claro, aunque conlleva cierta complejidad técnica. Cuando un radar capta a un vehículo superando el límite legal de velocidad en el tramo de vía donde está ubicado, genera imágenes y datos de la infracción (fecha, hora, localización, velocidad del vehículo…) y los envía automáticamente en un fichero formato GPG comprimido y cifrado a través de fibra óptica o red móvil del propio CTDA.
Doble filtro
Allí los archivos se descomprimen, desencriptan y pasan dos filtros: uno técnico, para comprobar la validez del certificado de Metrología y las condiciones del aparato; y otro filtro procedimental, para validar la imagen (el 30% son descartadas por deficiencias que impiden identificar al vehículo o su matrícula, entre otras). “Solamente en el caso de superar los dos filtros se genera un expediente sancionador”, explica Yolanda del Canto, directora del CTDA.
Una vez realizadas todas las comprobaciones, el expediente sancionador generado se remite al titular del vehículo, dando con ello comienzo el procedimiento administrativo sancionador propiamente dicho. A continuación, el titular debe identificar a la persona que conducía el vehículo en el momento de producirse la infracción. Una vez recibida esa identificación, el procedimiento sancionador se redirige ya hacia el infractor identificado, que recibirá en su domicilio tanto la notificación del inicio del expediente sancionador contra él, con toda la información asociada y sus posibilidades de actuación, como las fotografías que evidencian la infracción y el certificado metrológico correspondiente del medio que captó la misma y que acredita su correcto funcionamiento.
Las sanciones por exceso de velocidad dependen del tipo de infracción: grave, muy grave o delito.