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PERMISOS DE CONDUCIR Y DE CIRCULACIÓN E ITV, LOS DOCUMENTOS OBLIGATORIOS
Tres son los documentos que Todos los papeles
todo conductor debe llevar que hay que llevar
en su vehículo: el permiso de
conducción, el de circulación Recibo del seguro:
y la tarjeta de características mejor llévelo
técnicas con el informe de la
última ITV si fuera necesario. Actualmente no hay sanción prevista por no lle-
El recibo del seguro no es var el recibo del seguro. No obstante, es reco-
obligatorio, pero sí mendable ir provisto de él para demostrar que
recomendable. nuestro vehículo está asegurado en el
supuesto de que los agentes no
pudieran comprobarlo di-
rectamente en el Fichero
Informativo de Vehícu-
los Asegurados.
C.N.F./J.M.M.
Fotos: Paul Alan PUTNAM
L a Ley exige que conductor y ve-
hículo obtengan autorizaciones
administrativas para poder
conducir y circular, que se lle-
ven si se circula y que se mues-
tren a los agentes de la autori-
dad que lo soliciten. Estos 'papeles' son la ga-
rantía de que el titular está capacitado para
conducir un tipo de vehículo (Permiso de
Conducción) y que este cumple las caracterís-
ticas y homologaciones (Permiso de Circula-
ción y Tarjeta de Características Técnicas) y
de que no presenta defectos mecánicos peli-
grosos para la seguridad vial, en función de
la antigüedad, clase y destino de los vehícu-
los, (pegatina y certificado de la última ITV).
Al final, todos estos documentos no son si-
no una protección para todos. Por ello, no
llevarlos se sanciona con multas, cuya cuantía
se gradúa en función de la gravedad del he-
cho. Así, por ejemplo, es más grave conducir
sin haber obtenido el Permiso -un delito tipi-
ficado en el Código Penal- que hacerlo ha-
biéndolo olvidado en casa (ver recuadro
“¿Qué pasa si no los llevo?”). ◆
46TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL Nº 218 / 2013