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PERMISOS DE CONDUCIR Y DE CIRCULACIÓN E ITV, LOS DOCUMENTOS OBLIGATORIOS

Tres son los documentos que      Todos los papeles
todo conductor debe llevar       que hay que llevar
en su vehículo: el permiso de
conducción, el de circulación                                      Recibo del seguro:
y la tarjeta de características                                           mejor llévelo
técnicas con el informe de la
última ITV si fuera necesario.                                                       Actualmente no hay sanción prevista por no lle-
El recibo del seguro no es                                                             var el recibo del seguro. No obstante, es reco-
obligatorio, pero sí                                                                   mendable ir provisto de él para demostrar que
recomendable.                                                                                   nuestro vehículo está asegurado en el
                                                                                                        supuesto de que los agentes no
                                                                                                               pudieran comprobarlo di-
                                                                                                               rectamente en el Fichero
                                                                                                                  Informativo de Vehícu-
                                                                                                                          los Asegurados.

C.N.F./J.M.M.

Fotos: Paul Alan PUTNAM

L a Ley exige que conductor y ve-
                  hículo obtengan autorizaciones
                  administrativas para poder
                  conducir y circular, que se lle-
                  ven si se circula y que se mues-
                  tren a los agentes de la autori-
dad que lo soliciten. Estos 'papeles' son la ga-
rantía de que el titular está capacitado para
conducir un tipo de vehículo (Permiso de
Conducción) y que este cumple las caracterís-
ticas y homologaciones (Permiso de Circula-
ción y Tarjeta de Características Técnicas) y
de que no presenta defectos mecánicos peli-
grosos para la seguridad vial, en función de
la antigüedad, clase y destino de los vehícu-
los, (pegatina y certificado de la última ITV).

   Al final, todos estos documentos no son si-
no una protección para todos. Por ello, no
llevarlos se sanciona con multas, cuya cuantía
se gradúa en función de la gravedad del he-
cho. Así, por ejemplo, es más grave conducir
sin haber obtenido el Permiso -un delito tipi-
ficado en el Código Penal- que hacerlo ha-
biéndolo olvidado en casa (ver recuadro
“¿Qué pasa si no los llevo?”). ◆

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