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OPINAN LOS LECTORES EN NUESTRA WEB JOSÉ PÉREZ TIRADO
¿Qué le parece la condena “Una gran
de dos años y medio de irresponsabilidad
cárcel a Ortega Cano? que merece
reproche penal”
SUFICIENTE EXCESIVA
La Sección Primera de la Audiencia
3,3% 1% Provincial de Sevilla ha realizado en
su Sentencia un profundo estudio
INSUFICIENTE jurídico para aplicar al acusado, José
Ortega Cano, con absoluto acierto, la
95,8% condena como autor de un delito contra
la seguridad vial en su modalidad de
José Ortega Cano. BARTOLOMÉ VARGAS conducción bajo la influencia de bebi-
das alcohólicas.
EUGENIA DOMENECH “Los fiscales proponemos La importancia de esta sentencia radi-
una respuesta penal
“La condena es casi proporcionada” ca en anular y
un insulto” modificar el crite-
El caso que nos ocupa es un supuesto de homicidio rio de la Juez de
Desde P(A)T queremos mostrar en primer imprudente del art 142 con delitos previos de los Primera Instancia
lugar nuestra solidaridad con la familia arts. 379 y 380 (conducción bajo la influencia de al- del Juzgado Penal
de Carlos Parra, las auténticas víctimas cohol y conducción temeraria), sancionado con pena de nº 6 de Sevilla,
de este caso, pedir más respeto para las vícti- 2 años y medio a 4 de prisión y 3 años y medio a 6 de que no había da-
mas en general por parte de todos y que se privación del permiso de conducir (art 382). Es después do validez a la
cumplan nuestras leyes y las sentencias que del delito de conducción con manifiesto desprecio y re- prueba de alcoho-
dictan nuestros Tribunales de Justicia. sultado de muerte (arts 381 y 138 CP), el de mayor gra- lemia alegando
Dicho esto, nos parece que el Código Penal es- dudas difusas so-
tablece penas demasiad “tibias” y que no se vedad dentro de los delitos via- bre que la analítica pudiera correspon-
les. El bien jurídico protegido es der a Ortega Cano. Si se hubiera man-
corresponden con el da- el derecho fundamental a la vi- tenido la tesis del Juzgado de lo Penal,
ño causado y la gravedad da. Hay una cifra elevada de pro- cualquier reo que manifestara unas
de estas conductas. La cedimientos por hechos simila- “supuestas deficiencias” en la cadena
condena al Sr Ortega Ca- res que no acceden a los medios de custodia de una analítica de sangre,
no es por homicidio im- de comunicación. En ellos, el Fis- le bastaría para anular la prueba y con-
prudente, conducción te- cal actúa como en este, impul- seguir la absolución.
meraria y delito contra la sando una investigación en pro- Realizar un último apunte, que merece-
seguridad vial por alco- fundidad y pronta de los hechos, ría otro comentario distinto, sobre las
holemia y consiste en so- ejercitando las acciones penales indemnizaciones fijadas en sentencia,
lo 2 años y 6 meses de y velando por los derechos de las víctimas. Dictada que son absolutamente insuficientes y
prisión, habiendo matado sentencia, solicitando su cumplimiento efectivo, con in- obsoletas, y que por ello, resulta nece-
a una persona, el Sr Carlos Parra y condenado greso en prisión y oponiéndose al indulto cuando se sario y muy urgente que se realice en
a su familia. Nos parece casi un insulto que solicita. La cifra de internos por delitos de esta índole España una reforma inmediata del Sis-
esa sea la pena por quitarle la vida a una per- es asimismo relevante. En definitiva, los Fiscales pro- tema de Indemnizaciones a las Vícti-
sona. Pero, además, bajo la excusa de que es mueven con estas actuaciones una respuesta penal mas de los Accidentes de Tráfico, pues
un “accidente” que le puede pasar a cualquie- proporcionada, disuasoria y rehabilitadora tendente a son cuantías ridículas y escasas las
ra, se intenta eludir una clara responsabilidad, cumplir los fines de las normas penales. En primer lu- que se fijan en nuestra actual legisla-
cuando en realidad se trata de un accidente gar la prevención general, evitando futuros atentados a ción por la pérdida de una vida humana
anunciado. la vida en el tráfico viario y de otra parte la prevención y por el daño moral y patrimonial que
Esperamos que se cumpla la condena y no especial promoviendo la corrección y recuperación pa- para una familia representa la pérdida
se otorgue el indulto solicitado, máxime ra la sociedad, como ciudadano cumplidor de las nor- de un ser querido, y en este accidente
cuando no ha mostrado ningún arrepenti- mas de tráfico, del autor de ellos. de un respetable cabeza de familia.
miento, ni ha reconocido lo “inadecuado” de La Justicia ha dejado muy claro que
su conducta, ni ha pedido perdón a la fami- Fiscal General de Seguridad Vial José Ortega Cano era temerario en su
lia de Carlos Parra. conducción, que ponía en riesgo la vi-
Nº 224 / ENE-FEB / 2014 23 da de cualquier ciudadano que co-
Directora de P(A)T rrectamente circulara por aquella ca-
rretera, y que, además, conducía bajo
la influencia de las bebidas alcohóli-
cas, y que su gran irresponsabilidad
merece el reproche penal que le ha
sido aplicado y su ingreso inmediato
en un Centro Penitenciario.
Abogado. Representante de las Asociacio-
nes de Víctimas en la Reforma del Sistema
de Indemnizaciones