Información importante sobre cookies: La revista digital de la Dirección General de Tráfico utiliza cookies propias para mejorar la navegación. Las cookies utilizadas no contienen ningún tipo de información de carácter personal. Si continua navegando entendemos acepta su uso.  

Aceptar
Salto a Contenido Salto a Navegación
Ministerio del Interior Dirección General de Tráfico
Seguridad Vial
Canal RSS

Como en un circuito

Subir a incio documento

Como en un circuito

Cargando el reproductor...

octubre 2025

Durante una carrera en un circuito, la velocidad media de un coche de Fórmula 1 alcanza los 250 km/h. Esa es la velocidad a la que circula este coche, supera los 250, pero no está en un circuito de carreras, sino en una carretera que comparten con otros usuarios. Evidentemente, esta acción supone un grave delito contra la seguridad vial en materia de exceso de velocidad punible y conducción temeraria de los artículos 379.1 y 380 del Código Penal. Incluso, en función de las circunstancias concurrentes en el momento de la comisión de tales conductas, podrían considerarse constitutivas de un tipo agravado de conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás, según el artículo 381 del CP (en concreto, si se hubiera puesto en peligro la vida o integridad de las personas), castigable con penas de prisión de 2 a 5 años, multa de 12 a 24 meses y pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo de 6 a 10 años.
La realidad es que crecen los conductores denunciados por no respetar los límites de velocidad. En la última campaña de vigilanda, que tuvo lugar entre el 4 y el 10 de agosto, se controlaron más de un millón de vehículos. De ellos, 68.662, el 6,7%, fueron denunciados por circular a mayor velocidad de la permitida. El 53,2% de estas denuncias se produjeron en autopistas y autovías, mientras que el 44,9% fue en carreteras convencionales.

DELITO: DE 2 A 5 AÑOS DE PRISIÓN

Categoría/s

Compártelo

Búsqueda por temas