Toda la UE pasará las ITV como en España
- En España además, las motos deben pasar la ITV a partir del 4º año y los ciclomotores a partir del 3º
12 marzo 2014
El Parlamento Europeo ha aprobado hacer las inspecciones técnicas de vehículos (ITV) de forma obligatoria cada dos años cuando el turismo ha cumplido ya cuatro años desde su compra. De esta forma se unifica la legislación en toda la UE sobre ITV, si bien permite que los países que lo deseen puedan ir más lejos y establecer una mayor frecuencia incluso, como ocurre en España, por ejemplo, para los vehículos con más de diez años de antigüedad, que deben realizarla cada año.
En España ya es obligatorio pasar la ITV cada dos años cuando el turismo tiene entre cuatro y diez años. Y partir de ese momento es obligatorio hacer una revisión anual. También deben superar la ITV en España las motocicletas (esto afecta también a vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads, ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos ligeros), que están sometidos a inspección a partir del 4º año, y después cada dos años. Respecto a los ciclomotores de dos ruedas, deben realizar su primera inspección a los tres años de matriculación y posteriormente cada dos años. Esto, sin embargo, no se ha incluido en la legislación obligatoria a nivel europeo y lo han dejado en manos de cada país, al menos hasta el año 2022. Tampoco ha salido adelante la propuesta inicial de realizar inspecciones anuales a los turismos partir del sexto año.
España, más restrictiva con los vehículos más viejos
Los vehículos que tengan más de diez años de antigüedad deben pasar la ITV cada año con objeto de mejorar la seguridad vial en nuestras carreteras y también para mejorar el medio ambiente. Precisamente el aumento de vehículos inspeccionados por las ITV de nuestro país en 2013, un 5,6% más que en 2012, confirma el progresivo envejecimiento del parque automovilístico español, que ha visto alargada la vída útil de los vehículos hasta alcanzar una media de once años. Los vehículos de elevada antigüedad suelen ser, además, los que evitan las inspecciones ante el temor de que se les detecten defectos graves que supongan reparaciones importantes o icluso la baja del vehículo, según datos de AECA-ITV.
El servicio ITV debe ser prestado, según se recuerda en esta Directiva, por los Estados miembros, o a través de organismos públicos o privados bajo su supervisión. En el caso de España, son el Gobierno y las Comunidades Autónomas los titulares del servicio y garantes de su correcta prestación, que se realiza a través de centros de inspección e inspectores autorizados.