Limita la salud, no los años
- La gran mayoría de las patologías que motivan la valoración de "apto con restricciones" se relacionan con visión y audición
18 noviembre 2015
En los países desarrollados se observa un envejecimiento de la población. En el ámbito de la seguridad vial y medicina de tráfico, ello implica que el número de conductores mayores se incrementará de forma notable en los próximos años. Esto es especialmente relevante para España, que presenta uno de los mayores porcentajes de población mayor dentro de los países desarrollados.
Desde hace décadas la accidentalidad de la población mayor es objeto de análisis: ¿las personas mayores se encuentran con frecuencia implicadas en accidentes de tráfico y/o presentan una mayor morbilidad y mortalidad en los mismos?
Habría que empezar por determinar cuando una persona es mayor. Desde el punto de vista de la seguridad vial, y por su mayor accidentalidad y mayor lesividad (mayores lesiones y muertes), se suelen considerar conductores mayores a los de 75 o más años. Este no es un límite definitivo y varía enormemente entre personas. No es la edad lo que limita la capacidad para conducir: es el estado de salud. A medida que envejecemos, las capacidades psicofísicas y el estado de salud se deterioran progresivamente, y con ello la capacidad para conducir con seguridad.
La valoración de la aptitud para conducir se realiza en los Centros Médicos de Reconocimiento, siguiendo la normativa europea y española sobre este tema. Esta valoración se ha considerado como una de las pocas acciones de promoción de la seguridad vial que se pueden llevar a cabo entre los conductores mayores.
Otro aspecto fundamente es el acceso a la movilidad. Disponer de licencia o permiso de conducción, y de un vehículo, permite a las personas mantener su movilidad y su independencia, ya que el transporte público suele ser limitado. La cuestión no es ‘quitar’ de la carretera a los mayores, sino estar seguros de que conducen con seguridad.