Aplazado el encuentro digital sobre Velocidad
- El director del Observatorio Nacional de Seguridad Vial de la DGT responde hoy a todas las preguntas de nuestros lectores
- ¿Es necesario reducir la velocidad a 90 km/h en carreteras convencionales? ¿Qué es una velocidad segura?
29 enero 2019
El pasado 28 de diciembre se aprobó en Consejo de Ministros la modificación del artículo 48 del Reglamento General de Circulación para establecer un límite genérico de velocidad en 90 km/h en todas las carreteras convencionales. Un límite de velocidad seguro que, además, supone la desaparición de los diferentes límites de velocidad genéricos establecidos (90 y 100 km/h para turismos y motocicletas, en función de si la vía disponía o no de metro y medio de arcén practicable).
Cumplido el mes de su publicación en el BOE y coincidiendo con su entrada en vigor, el director del Observatorio Nacional de Seguridad Vial de la DGT, Álvaro Gómez, responde a todas sus preguntas sobre esta reforma en un encuentro digital a partir de las 11 de la mañana: ¿Qué objetivos se persigue con esta reducción de velocidad? ¿Se aplica a todos los vehículos? ¿Qué es velocidad segura? ¿Qué límites se han implantado en otros países europeos? ¿Existe una relación directa entre reducción de velocidad y reducción de accidentes y víctimas?
El encuentro digital aún no ha comenzado
Fecha de comienzo: 30/01/2019
Hora de comienzo: 11:00
Hora de finalización: 12:00