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Acoso y adelantamiento por la derecha

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Acoso y adelantamiento por la derecha

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octubre 2013

Un turismo de color oscuro circula por el carril izquierdo con el intermitente derecho activado. Cuando vuelve a la derecha no deja demasiada distancia y obliga al adelantado a frenar. Por ello, este cambia al carril izquierdo e 'interrumpe' al turismo blanco y le obliga a reducir su velocidad... Este 'acosa' al azul, 'pegándose' a su trasera. Cualquier frenazo o maniobra inesperada no dejaría tiempo al conductor para evitar un choque... Como el 'acoso' no funciona, el turismo blanco adelanta por la derecha, una maniobra prohibida, aunque el conductor del turismo azul actúa de manera incorrecta al no facilitar el paso teniendo libre el carril derecho... Cuando el turismo blanco recupera el carril izquierdo –en el derecho hay vehículos que circulan más despacio–, no deja suficiente espacio y obliga al coche adelantado a frenar para evitar colisionar con él, con el peligro que esto supone.

1ª infracción:
  • Circular detrás de otro vehículo sin dejar espacio libre que le permita detenerse, sin colisionar, en caso de frenada brusca del que le precede (artículo 65.4.ñ) LSV)
  • Sanción de multa de 200 euros (artículo 67.1 LSV)
  • Pérdida de 4 puntos (punto 16 del anexo II LSV)
2ª infracción:
  • Adelantar a un vehículo por la derecha (artículo 65.4.c) LSV)
  • Sanción de multa de 200 euros (artículo 67.1 LSV)

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