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A 150 km/h y por la izquierda
junio 2023
Circular a 232 km/h (de hecho, el conductor de este posible delito llega a circular a 234 km/h…) por una carretera abierta al público es, sin duda, una locura. Y nada lo justifica. No solo se pone en peligro el conductor –y los ocupantes, si los hubiere– del vehículo que lo hace, sino que pone en peligro a otros usuarios que circulen por esa misma vía. Y además es un delito contra la seguridad vial.
Pero es que, además, si se produce cualquier fallo o distracción en el conductor, a esa velocidad, la distancia que se recorre sin prestar la debida atención a la carretera en solo un par de segundos (una distracción como encender un cigarrillo consume 4 segundos) es de 130 metros. ¡A correr, a un circuito!
- Delito: Prisión de 3 a 6 meses
- Multa: de 6 a 12 meses
- Pérdida de TODOS los puntos
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