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Exceso de velocidad
junio 2025
LOS EXCESOS DE VELOCIDAD
Estas “locuras” relacionadas con la velocidad excesiva son muy recurrentes. En esta ocasión, el vehículo alcanza los 186 km/h en una carretera convencional (segunda imagen), con un límite máximo de 90 km/h. En vías interurbanas, superar la velocidad permitida en más de 80 km/h constituye un ilícito penal del artículo 379.1 del Código Penal, que puede conllevar de 3 a 6 meses de prisión o multa de 6 a 12 meses o trabajos para la comunidad de 31 a 90 días, además de la privación del permiso de conducción entre 1 y 4 años.
MÁS DE 75.000 DENUNCIAS
Entre el 7 y el 13 de abril, la DGT desarrolló una campaña especial de vigilancia y control centrada en la velocidad. Miembros de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil establecieron más de 3.500 puntos de control, por los que pasaron más de 1,1 millones de vehículos. El 6,5% de ellos (75.028) fue denunciado por circular a una velocidad superior a la permitida. Recordemos que, en 2023, la velocidad inadecuada fue factor concurrente en el 21% de los siniestros mortales.
DELITO
Categoría/s
- Accidentalidad
- DGT