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Adelantamiento con línea roja
diciembre 2025
NI CON LA LÍNEA ROJA
En la imagen, se puede apreciar cómo una motocicleta circula en una vía convencional detrás de un vehículo. Va muy cerca del lado izquierdo de su carril, muy próxima a la línea continua que separa ambos sentidos de la circulación. En esta ocasión, esa línea continua no sólo es doble, sino que tiene una zona interior pintada de rojo, lo que resalta aún más la prohibición de adelantar en ese tramo de la carretera.
VARIOS INCUMPLIMIENTOS
Con la maniobra que efectúa la motocicleta a continuación se vulneran varios artículos del Reglamento General de Circulación (RGC): el 85.1 (distancia lateral mínima con el vehículo adelantado), 87 (prohibición de adelantamiento), 145.2 y 147.2 (ambos sobre vulneración de señales de prohibición). Al transgredir las normas más elementales, incluso podría hablarse de conducción temeraria, ya que pone en peligro a los demás usuarios de la vía.
NO UNO, SINO DOS
Tal y como vemos, la moto repite el adelantamiento con un segundo vehículo, vulnerando de nuevo la Ley de Tráfico y Seguridad Vial (art. 10.2) y el RGC (art. 3.1), lo que constituye una infracción muy grave (art. 77, de la LTSV). En 2024, de las 1.291 personas que fallecieron en un siniestro en vías interurbanas, el 33,7 % (435) fue en colisiones frontales y laterales y frontolaterales.
MULTA DE 500 EUROS
PÉRDIDA DE 6 PUNTOS
Categoría/s
- Accidentalidad
- Normativa
- Normativa > Circulación





