El Gobierno aprueba la Ley de Convivencia de Modos
- Esta norma determina derechos y obligaciones de todo tipo de usuarios: desde peatones hasta medios motorizados.
20 noviembre 2018
La Ley de Convivencia Vial tiene como objetivo poner en una posición de igualdad a todos los modos de transportes en las vías. El 53% de los fallecidos en siniestros de tránsito son los usuarios más vulnerables, los peatones, ciclistas y motociclistas.
El 6% del total de fallecidos en siniestros viales en nuestro país son ciclistas. Cabe mencionar que, solo durante el año 2017, la bicicleta participó en 3.853 accidentes de tránsito, y en ellos resultaron 95 ciclistas fallecidos y 3.236 lesionados. En la última década fallecieron 1.183 ciclistas en siniestros de tránsito.
La nueva normativa, que modifica la Ley de Tránsito, busca equiparar el espacio vial y evitar las discusiones en las calles por quien tiene más derecho que el otro cuando se mueve por la ciudad.
Circulación de "ciclos"
Se definen nuevos modos de transporte y se diferencian aquellos motorizados de los que no son motorizados. Dentro de los vehículos no motorizados se encuentran los “ciclos”, que son vehículos de 1 o más ruedas propulsados por las personas situadas en ellos, por ejemplo, las bicicletas, patinetas, patines, monopatines, etc. Además, asimila a los ciclos los vehículos con asistencia eléctrica con potencia máxima de 0,25 kw y que no superen los 25 km/hr.
Tal como la ley de tránsito lo establece desde su entrada en vigencia en 1985, los vehículos tienen la obligatoriedad de circular por la calzada. La nueva normativa define concretamente que los ciclos deben circular por las ciclovías (si éstas existen) o a falta de estas lo harán por la pista derecha de la calzada.
Excepciones
Es importante mencionar que, constituye una excepción a la obligación de transitar por la pista derecha de la calzada, los siguientes casos:
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Cuando se adelante o sobrepase a otro vehículo motorizado que va en el mismo sentido, bajo las reglas que rige tal movimiento.
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Cuando el tránsito por la mitad derecha de una calzada esté impedido por construcciones, reparaciones u otros accidentes que alteren la normal circulación.
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En vías unidireccionales, cuando exista una pista de uso exclusivo de buses ubicada al costado derecho de la calzada. En esta situación, los ciclos deberán circular por el costado izquierdo de la pista izquierda. Tratándose de vías bidireccionales esta disposición se aplicará solo en caso de existir bandejón central o mediana.
Deberes para conductores de ciclos