Se simplifica el examen para conducir autocaravanas
- Se introduce también la comprobación de una conducción eficiente y económica en todos los permisos excepto las motos
03 enero 2014
Las personas que deseen conducir un vehículo de entre 3.500 kg y 7.500 kg de masa máxima autorizada de forma no profesional, fundamentalmente autocaravanas, ya no tendrán que contestar a una serie de preguntas relacionadas con el tacógrafo, los tiempos de conducción y descanso y otros contenidos del ámbito del transporte profesional y de mercancías en el examen teórico para conducir estos vehículos.
El pasado 1 de enero entró en vigor la reforma del Reglamento General de Conductores que crea los nuevos permisos de conducir, el C1-97 y C1E-97, reservados para este tipo de conductores. Estos permisos son una limitación de los actuales C-1 y C1E, y se pueden obtener a partir de ahora con las exenciones sobre conocimientos teóricos contenidas en el Anexo V de la modificación del Reglamento, así como la exención en la comprobación y uso del tacógrafo del vehículo tanto en las pruebas de destreza como de circulación en vías abiertas al tráfico en general.
La modificación introduce también la conducción eficiente y económica para todos los permisos, excepto las motocicletas, debiendo de evaluarla el examinador. Por otro lado, se incluyen cambios en los vehículos a utilizar en las pruebas de control de aptitudes y comportamientos, además de establecer los requisitos para las motocicletas eléctricas.