Los residentes comunitarios deberán renovar su carné de conducir
- Esta obligación afecta únicamente a los que tienen un permiso de conducción con vigencia indefinida o superior a 15 años
29 diciembre 2014
Los ciudadanos extranjeros residentes en España, procedentes de algún país perteneciente a la UE, deberán renovar su permiso de conducir a partir del próximo 19 de enero de 2015.
A quiénes afecta
Esto será obligatorio para todos aquellos residentes comunitarios con residencia legal en España, obtenida el 19 de enero de 2013 o antes, y que sean titulares de un permiso de conducir con vigencia indefinida o superior a 15 años para permisos del Grupo 1 (AM, A1, A2, A, B Y BE), o un plazo superior a 5 años para permisos del Grupo 2 (BTP, C1 y BE). También obligatorio para todos aquellos residentes legales que tengan la autorización caducada o próximo a caducar.
Política comunitaria de transportes
Esta obligación responde a la necesidad de cumplir con la Directiva Comunitaria 2006/126/CE, y su transposición al Reglamento General de Conductores (RD 818/2009 de 8 de mayo), para subsanar las diferencias entre los países comunitarios respecto a la periodicidad de la renovación de los permisos. Según la normativa, los estados miembros pueden aplicar el periodo de validez a un permiso que no tenga validez administrativa limitada, expedida por otro Estado miembro, y en cuyo territorio el titular haya residido más de dos años. Desde el año 2013, todos los países de la Unión Europea tienen un permiso de conducción único para los 28 Estados miembros, permiso que ha sustituido a los más de 110 tipos de autorizaciones para conducir que existían antes y que permite circular por todos los países de la UE.
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Deberán solicitar cita previa, acudiendo a cualquier Jefatura Provincial u oficina local de Tráfico, llamando al 060 o a través de su página web.
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Una vez citados, deberán aportar la siguiente documentación (ver todos los trámites)
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Solicitud en impreso oficial que se facilita en las Jefaturas de Tráfico y en la web de la DGT.
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Acreditación de identidad y residencia (Documento Nacional de Identidad o NIE o pasaporte en vigor y cualquier otro medio de prueba que se solicite por la Jefatura para acreditar la residencia).
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Permiso de conducción comunitario, tanto original como fotocopia.
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Informe de Aptitud psicofísica emitida por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado.
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Una fotografía reciente de 32x26 mm.
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Talón foto que se facilita en las Jefaturas de Tráfico, cumplimentado y firmado dentro del recuadro correspondiente.
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Pago de 23,5 euros en concepto de tasas.
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