La baja temporal, solo on-line
- La baja temporal solo se podrá presentar a través de la sede electrónica de la DGT
07 abril 2020
Mientras esté en vigor el Estado de Alarma, la DGT solo permite a los autónomos la posibilidad de realizar la Baja Temporal de los vehículos afectos a su actividad de manera electrónica -on line-. La Dirección General de Tráfico, en la línea de aclarar cuantas dudas surjan con motivo de las restricciones a la circulación por el Estado de Alarma, indica que dicho trámite solo se puede realizar de forma on-line, a través de su sede electrónica, debido a que el servicio presencial en las jefaturas provinciales ha sido suspendido temporalmente mientras dure el actual Estado de Alarma. En dicha sede electrónica no sólo encontrará toda la información sobre cómo realizarlo, la documentación necesaria y cómo podrá pagar la tasa correspondiente, sino también podrá formalizar la Baja Temporal.
Durante la Baja Temporal -que se podrá revertir o pasar a Baja Definitiva en cualquier momento-, el vehículo no puede circular. Por ello, debe estar guardado en una propiedad privada y puede no estar asegurado ni pasar la ITV. No obstante, hay expertos que aconsejan mantener el seguro por si durante esta Baja Temporal el vehículo causa algún daño -por ejemplo, si se incendia-. Respecto al impuesto de circulación, se aconseja consultar a su ayuntamiento sobre si se devengará o no dicho impuesto al darlo de Baja Temporal.
Más información en Sede Electrónica de la DGT.
Si existe algún precinto sobre dicho vehículo, no es posible tramitar su baja, ya sea temporal o definitiva. Es preciso cancelar dicho precinto previamente a la solicitud de baja del mismo.