DEV obligatoria para las empresas
- Si se dispone de dev las notificaciones de tráfico, incluidas multas, dejan de recibirse por carta
03 octubre 2016
La Dirección Electrónica Vial (DEV) ya es obligatoria para las personas jurídicas (empresas) propietarias de vehículos. Esta obligación ya estaba prevista desde el arranque de la DEV en 2010, pero hasta la puesta en marcha del Registro Electrónico de Apoderamiento, que no comenzó a funcionar hasta abril de 2015, creaba un grave problema a las empresas propietarias de vehículos que ya tenían representantes que se encargaban de gestionar las multas, señalar quién era el conductor responsable, etcétera y, sin dicho registro, esos representantes no podían acceder a esa información.
Con la puesta en marcha del Registro de Apoderamiento, las notificaciones de la Dirección General de Tráfico no solo llegan al titular del vehículo, sino a la persona o empresa que se designe como Apoderado.
A partir de ahí, la DGT ha comenzado a enviar cartas a las empresas titulares de vehículos –en noviembre se enviaron a las 23.000 personas jurídica propietarias de más de 10 vehículos– y a mantener reuniones informativas con gestores de flotas, empresas con flotas propias, de alquiler de vehículos, etcétera para darles a conocer la obligatoriedad de estar dados de alta en la DEV. Y, en el mes de octubre, se enviará otra carta a los 65.000 titulares de más de 5 vehículos para que conozcan la obligatoriedad de la DEV.
Este proceso culminará cuando, según Javier Villalba –subdirector de Normativa de la DGT–, “en el último trimestre del año ninguna persona jurídica pueda matricular o cambiar el titular de un vehículo sin estar dado de alta en la DEV”.
En este sentido, Javier Villalba aclara que “la DEV no supone ningún inconveniente para las empresas, pues todas tienen ya relación electrónica con la Administración” para cuestiones con Hacienda, Seguridad Social, etcétera.
La Dirección Electrónica Vial (DEV) es un canal –vinculado al CIF/DNI del titular– de recepción de multas y notificaciones a través de correo electrónico. Es un servicio gratuito y voluntario para los ciudadanos (personas físicas), que, en cualquier momento, pueden darse de alta, de baja o modificar sus datos (e-mail y/o teléfono móvil, donde llegaría un mensaje de aviso de cada notificación).
Si se dispone de DEV, las notificaciones de tráfico –incluidas las multas– se recibirán exclusivamente a través de este canal, olvidándose de la vía postal.
La DGT ha habilitado en su web un espacio donde cualquier persona jurídica que dude de si está, o no, dada de alta en la Dirección Electrónica Vial, pueda averiguarlo. Es tan sencillo como introducir el CIF en una casilla y ésta contesta inmediatamente si tiene o no DEV.