Las preguntas que plantea la DEV
Iñaki MORENO09 enero 2023
Aunque el servicio ya estaba disponible desde hace tiempo, el anuncio de la obligatoriedad de la Dirección Electrónica Vial (DEV) y del alta de oficio en el sistema para las empresas que aún no se hayan adherido hace que se multipliquen las dudas. Resolvemos las principales.
1. ¿Es obligatoria para todas las empresas?
Solo para las que tengan vehículos en propiedad o arrendados a largo plazo.
2. ¿Se mantiene la notificación en papel?
No, ha desaparecido por completo desde el 1 de noviembre, ahora la comunicación con las empresas será solo por medios electrónicos.
3. ¿Me van a sancionar si mi empresa no tiene aún la DEV?
No. Se le asignará de oficio un buzón para recibir las notificaciones. Para acceder a él, siempre con su certificado de representante de empresa.
4. ¿Qué necesito para dar de alta a mi empresa?
Un certificado electrónico de representante de la empresa con el que puede darse de alta en DEV en la sede electrónica de la DGT.
5. ¿Recibiré solo las notificaciones de la DGT?
No, al sistema se han adherido otras instituciones con competencia sancionadora, como ayuntamientos y comunidades con estas funciones transferidas. Puede consultar el listado completo en la web de la DGT.
6. ¿Qué coste tiene para mi empresa el uso de la DEV?
Ninguno. Darse de alta en la plataforma y utilizarla para ver las notificaciones son servicios gratuitos.
7. ¿Qué plazos tengo ante una notificación recibida?
Para las notificaciones electrónicas se establece que hay un plazo de 10 días naturales desde la recepción de la notificación en DEV para acceder a su lectura. Si no se hace en ese plazo se entenderá que ha sido rechazada y el procedimiento continuará como corresponda, teniéndose por efectuado el trámite.