Tengo cáncer, ¿puedo conducir?
- Muchos pacientes son asintomáticos o sólo sufren síntomas leves limitados en el tiempo.
14 octubre 2026
En España, a lo largo de 2026, se diagnosticarán más de 300.000 nuevos casos de cáncer. Así lo afirman desde la Sociedad Española de Oncología Médica (SEOM). “En hombres los más frecuentes serán los de próstata, colon y recto, pulmón y vejiga. En mujeres los de mama, colon y recto y pulmón”, asegura la doctora Isabel Echavarría, secretaria científica de la SEOM y oncóloga médica del Hospital Universitario Gregorio Marañón de Madrid.
Muchos de estos nuevos pacientes, además de enfrentar el diagnóstico y tratamiento de su enfermedad, tendrán que lidiar en su día a día con una preocupación menor, pero para ellos importante: ¿podrán acudir a consulta conduciendo su propio coche? “Efectivamente, es un tema que les preocupa, ya que la posibilidad de dejar de conducir supone una limitación importante y aumenta el estigma que sigue existiendo alrededor del cáncer”, confirma la doctora Echavarría.
A medida. Para poder contestar a esa pregunta no importa tanto el diagnóstico como las repercusiones del proceso oncológico que se determinan analizando la calidad de vida de cada paciente, el momento evolutivo de su enfermedad, el tipo de tratamiento que recibe y la presencia o no de afectación neurológica. “Algunos pacientes sufren síntomas importantes por su cáncer o los tratamientos que reciben, pero también existe una amplia proporción que se encuentran asintomáticos o con síntomas leves limitados en el tiempo. Y aunque con frecuencia la terapia contra el cáncer puede provocar cansancio, malestar o náuseas, estos síntomas no tienen por qué durar todo el tratamiento”, explica la doctora.

Conducir y tratarse. La manera en la que el cáncer y su tratamiento puede afectar a las capacidades necesarias para conducir depende del tipo de terapia, del tumor (localización, estadio…) y de la situación de salud en la que se encuentre el propio paciente. Por ejemplo, la quimioterapia clásica, que sigue siendo un pilar para la curación de muchos tumores, puede producir fatiga, sensación de malestar, náuseas, vómitos o diarrea. Pero en los últimos años se ha mejorado mucho el tratamiento de soporte (el conjunto de medidas farmacológicas y no farmacológicas diseñadas para mejorar la calidad de vida, gestionar los efectos secundarios y reducir la toxicidad de las terapias), lo que permite reducir o controlar de forma más eficaz esos síntomas.
“Además, el desarrollo de nuevos fármacos, entre los que destacan las terapias dirigidas y la inmunoterapia, ha mejorado el pronóstico del cáncer con una mejor tolerancia a los tratamientos”, concluye la especialista de la SEOM. Estos avances intentan no sólo mejorar los niveles de supervivencia, sino también la calidad de vida de las personas con cáncer en un intento de que puedan seguir viviendo sus vidas con normalidad mientras se tratan, lo cual incluye, obviamente, poder conducir.

• Quimioterapia
Su tolerancia es muy variable. El mismo fármaco puede provocar uno o más efectos adversos, de duración variable (unos días o durante todo el ciclo) en unos pacientes y ninguno en otros. Hay que estar alerta a esos síntomas, especialmente ante el cansancio, y evitar conducir si afecta a los reflejos.
• Radioterapia
Salvo excepciones, como la radioterapia para tumores cerebrales o las metástasis cerebrales, no tiene ningún impacto en la capacidad de conducción.
• Inmunoterapia
A menos que se produzcan efectos adversos significativos, y que no se controlen de forma rápida, recibir inmunoterapia no debería afectar a la capacidad de conducción.
• Cirugía
El impacto de las intervenciones en la capacidad de conducción varía mucho en función de la zona operada y la extensión de la intervención y, en general, esa afectación se produce de forma temporal y autolimitada. Es fundamental seguir las indicaciones del especialista.
• Terapias dirigidas
La American Cancer Society advierte que uno de los posibles efectos secundarios que pueden interferir en la capacidad para conducir es la aparición de eritrodisestesia palmoplantar, que provoca problemas en las plantas de manos y pies, como sensibilidad, dolor, hormigueo y entumecimiento.
• Terapia hormonal
Está dirigida a reducir los niveles de estrógenos y testosterona circulantes. En general, no afecta a la capacidad de conducción, pero hay que estar atentos a efectos secundarios como la fatiga.
Según el Anexo IV del Reglamento General de Conductores:
1. Los pacientes con trastornos oncohematológicos (cánceres que se originan en los órganos que “fabrican” la sangre -médula ósea- o en el sistema linfático) no se admiten para obtener o prorrogar su permiso hasta transcurridos 10 años de remisión completa.
CONDUCTORES GRUPO 1 (no profesionales)
• Transcurridos al menos tres meses sin alteraciones graves, con informe favorable del oncólogo o hematólogo se podrá obtener o prorrogar el permiso por un período máximo de un año.
• Superados los tres primeros años en remisión completa acreditada por un informe del oncólogo o hematólogo, se podrá obtener o prorrogar el permiso o licencia por el período que le corresponda por razón de su edad.
CONDUCTORES GRUPO 2 (profesionales)
• Transcurrido al menos un año sin episodios de pancitopenia grave (disminución simultánea de glóbulos rojos, glóbulos blancos y plaquetas por debajo de los valores normales en la sangre), o tres meses sin alteraciones graves, con informe favorable del oncólogo o hematólogo se podrá obtener o prorrogar el permiso por un período máximo de un año.
2. En los pacientes con procesos oncológicos no hematológicos la norma apunta a que no deben existir procesos oncológicos que, por su sintomatología o tratamiento, produzcan pérdida o disminución grave de las capacidades sensitivas, cognitivas o motoras que inciden en la conducción.
CONDUCTORES GRUPO 1 (no profesionales)
• Con el informe del oncólogo se podrá obtener o prorrogar el permiso o licencia con un período de vigencia de un año.
• En los casos sin evidencia de enfermedad actual y que no estén recibiendo tratamiento adyuvante, con informe favorable del especialista y a criterio facultativo, el periodo de vigencia será el que corresponda por razón de su edad.
CONDUCTORES GRUPO 2 (profesionales)
• En los casos de procesos oncológicos que incidan en la conducción, con informe del oncólogo se podrá obtener o prorrogar el permiso con un período de vigencia que será como máximo de un año, hasta transcurridos cinco años de remisión completa.





