Ayudas para fomentar la movilidad sostenible
- Las ayudas para la adquisición de vehículos alternativos pueden oscilar entre los 700 y los 15.000 euros
18 febrero 2019
El plan, dotado con 45 millones de euros, está dirigido fundamentalmente a incentivar la compra de vehículos alternativos y a instalar infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos. Además, se habilitan otros 15 millones de euros para apoyar proyectos singulares de movilidad sostenible en centros urbanos o iniciativas de innovación en electromovilidad.
Las bases que regulan el Programa de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible (MOVES), coordinado por el Instituto para Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), están recogidas en el Real Decreto que aprobó el pasado 15 de febrero el Consejo de Ministros. Se trata de una apuesta por movilidad sostenible para hacer frente al cambio climático, el mayor reto medioambiental y socioeconómico al que se enfrenta la sociedad actual.
Compra de vehículos
Las ayudas para adquirir los nuevos vehículos eléctricos oscilan entre los 700 euros para motos eléctricas y los 15.000 que recibirán los camiones y autobuses con propulsión alternativa. La compra de vehículos ligeros eléctricos podría beneficiarse de una ayuda en torno a los 5.000 euros.
Además, se demandará a los fabricantes, importadores de vehículos o puntos de venta un descuento mínimo de 1.000 euros en la factura, excepto para la compra de cuadriciclos y motos.
Por otro lado, el Programa MOVES exige que la adquisición de los nuevos vehículos de movilidad sostenible vaya acompañada de la baja definitiva de otro vehículo inscrito en el Registro de Vehículos de la DGT.
Infraestructuras de recarga
El Programa MOVES también prevé incentivar la instalación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos (públicos y privados), el desarrollo de incentivos para establecer sistemas de préstamo de bicicletas y la implantación de medidas recogidas en planes de transporte a los centros de trabajo.
Para estas iniciativas, se establece un límite de 100.000 euros por destinatario y convocatoria. La ayuda será el 30% del coste subvencionable para empresas privadas y el 40% para personas físicas, comunidades de propietarios y entidades públicas sin actividad comercial o mercantil.
Las ayudas a la implantación de sistemas de préstamo de bicicletas eléctricas son también el 30% del coste subvencionable, con un límite de 100.000 euros. Por lo que se refiere a los planes de transporte al trabajo en empresas, el límite es de 200.000 euros y la ayuda será del 50% del coste subvencionable.
Beneficiarios y plazos
Pueden ser beneficiarios de las ayudas MOVES profesionales autónomos, personas físicas, comunidades de propietarios, empresas privadas, entidades locales y entidades públicas vinculadas a ellas, las administraciones de las comunidades autónomas y otras entidades de la Administración General del Estado.
Bajo la coordinación del IDAE, corresponde a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla la realización de las diferentes convocatorias del Programa MOVES, para lo que tienen un plazo de dos meses. El criterio de reparto se consensuará en la Conferencia Sectorial de Energía, órgano de coordinación entre el Ministerio para la Transición Ecológica y las administraciones autonómicas.
El Plan MOVES se desarrollará durante todo el año 2019 o hasta que se agote el presupuesto disponible.
Proyectos singulares
También se incluye una línea adicional de 15 millones de euros destinada a apoyar proyectos singulares de movilidad sostenible en ciudades Patrimonio de la Humanidad, municipios con alto índice de contaminación o ubicados en islas o iniciativas de innovación de electromovilidad.
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M1, M2 y M3: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de personas y su equipaje. Los vehículos de la categoría M1 deberán tener una antigüedad mayor de diez años.
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N1, N2 y N3: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías. Los vehículos de la categoría N1 deberán tener una antigüedad mayor de siete años.
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L3e, L4e y L5e: Vehículos con dos o tres ruedas, con o sin sidecar, con un motor de cilindrada superior a 50 cm3 y/o una velocidad máxima por construcción superior a 45 km/h.
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L6e: Cuadriciclos ligeros cuya masa en vacío sea inferior o igual a 350 kilos y cuya velocidad máxima no sea superior a 45 km/h, con una cilindrada inferior o igual a 50 cm3.
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L7e: Cuadriciclos cuya masa en vacío sea inferior o igual a 400 kg.