Los menores, en los asientos traseros
- El riesgo de muerte de un bebé que viaje en el asiento del copiloto se multiplica por cuatro
13 noviembre 2015
El pasado 1 de octubre entró en vigor el Real Decreto que modifica el artículo 117 del Reglamento General de Circulación, el que se refiere al uso obligatorio de cinturones de seguridad y dispositivos de retención infantil. Según esta nueva normativa, los menores de 18 años que midan igual o menos de 1,35 metros de altura, deberán viajar obligatoriamente en los asientos traseros del vehículo.
El Real Decreto especifica, también, que, respecto a la obligatoriedad o no de usar sillitas en sentido contrario a la marcha, será el fabricante el que determine cómo deberán utilizarse las sillitas que venda, facilitando instrucciones para su uso e instalación.
Elena Valdés, asesora médico de la Dirección General de Tráfico (DGT), aclara que “la ley hace referencia a las instrucciones que da el fabricante porque en el mercado conviven tanto sillitas en el sentido de la marcha, como en sentido contrario y, por lo tanto, existen diferentes formas de anclar la silla al vehículo”. Es por eso que Elena Valdés aconseja, como algo fundamental, “conocer la forma correcta de utilizar la silla”.
En cualquier caso, lo novedoso de esta norma es la coloción del menor en el interior del vehículo. ¿Qué ocurre si en su coche no caben tres sillitas atrás? ¿Si tiene que transportar a cuatro menores con sus correspondientes sistemas de retención? ¿Y si su vehículo es un biplaza y, por tanto, carece de asientos traseros?
Podrán ir delante
El Real Decreto contempla tres excepciones: que no se puedan instalar tres sillitas atrás, que las plazas traseras ya estén ocupadas por tres menores (siempre que no superen los 135 cm de altura) y que se trate de un vehículo biplaza. En estos tres supuestos el menor podrá ir en el asiento del copiloto, en su correspondiente Sistema de Retención Infantil (SRI) y con el airbag desactivado, si lo tuviera.
Un estudio realizado en EE.UU. con más de 5.700 menores de 15 años ocupantes de vehículos que habían sufrido un accidente grave de tráfico, demostró que el hecho de estar sentado atrás les protegió de sufrir lesiones graves o la muerte. En Australia otra investigación concluye que el riesgo de muerte en menores de 4 años que viajaban en un coche accidentado era el doble si lo hacían en el asiento de delante y 4 veces más si se trata de menores de 1 año.
En 2014, 2 de los 14 menores de 12 años que fallecieron en accidente de tráfico no llevaban dispositivo de seguridad en el momento del accidente, ni 9 de los 82 heridos graves. Elena Valdés insiste en que los padres “no deben bajar la guardia en los trayectos cortos y conocidos, ni ceder a las presiones del niño cuando se va haciendo mayor, estas son circunstancias en las que se produce un menor uso de los sistemas de retención y hay que evitarlo”.