Saltarse el límite de la discapacidad
- “Con las pruebas en pista valoramos si las adaptaciones son adecuadas para ese conductor” Enrique Santamaría DGT
20 junio 2023
La pérdida de facultades físicas, a causa de la edad o de un accidente, puede limitar nuestra movilidad, aunque esto no tiene por qué relegarnos a ser pasajeros de por vida. Según datos de la Dirección General de Tráfico (DGT), en España hay más de 50.000 personas con dificultades para moverse que tienen el permiso de la clase B. Porque la ley también permite conducir a las personas que, aunque no reúnen todas las condiciones psicofísicas necesarias, sí pueden suplir estas carencias con adaptaciones especiales en sus vehículos (ver recuadro 'Adaptaciones y restricciones').
“Las adaptaciones en los vehículos permiten una vida más autónoma a las personas que tienen su movilidad limitada ya sea por una discapacidad de nacimiento, adquirida o simplemente por el deterioro de las capacidades psicomotoras a causa de la edad”, explica Montserrat Pérez, subdirectora adjunta de Formación de Conductores de la Dirección General de Tráfico.
Examen médico
Las personas con algún tipo de discapacidad que acceden por primera vez a un permiso o que necesitan adaptaciones para seguir conduciendo, deben pasar un examen físico en un centro de reconocimiento médico homologado (CRM). En esta primera valoración, el CRM debe evaluar el tipo y grado de discapacidad del conductor, así como identificar las adaptaciones que serán necesarias en el vehículo, adecuadas al tipo y grado de la discapacidad diagnosticada.
“El nuevo protocolo de exploración médico-psicológica de 2022 es una herramienta importantísima porque define todos los tipos de discapacidad y desarrolla un procedimiento de exploración para que los médicos puedan determinar las ayudas necesarias para las personas con discapacidad", explica Enrique Mirabet, vocal de la Sociedad Española de Medicina del Tráfico.
Una vez realizado el reconocimiento médico, el CRM suele recomendar dos tipos de adaptaciones diferentes: las de accesibilidad al vehículo, como rampas, plataformas elevadoras y rebajes de piso para el acceso para sillas de ruedas; y para habilitar la conducción, como los controles manuales para suplir a los pedales, los telemandos, etc. Por ejemplo, a una persona con parálisis total en su pierna derecha, la que se usa para acelerar y frenar, el CRM puede recomendar el uso de cambio automático y la instalación de los pedales del acelerador y del freno en el lado de la pierna izquierda.
En cualquier caso, la labor de los CRM sigue estando limitada: “Un problema importante es la falta de instrumentos de valoración en los CRM. Sería ideal disponer de herramientas para valorar la fuerza de la frenada o el par del volante, pero esas herramientas no existen hoy día. Hay que mejorar esa parte del procedimiento", señala Mirabet. "Por eso es muy importante la colaboración entre examinadores y centros de reconocimiento. Además, debería haber un feedback entre las Jefaturas y los CRM. A los médicos nos aportaría experiencia, formación e información muy útil sobre las adaptaciones definitivas adoptadas".
Prueba en pista
Con las especificaciones del CRM, el aspirante a conducir con adaptaciones debe solicitar una prueba de conducción en pista a la jefatura de Tráfico correspondiente. Puede hacerlo a través de una autoescuela o a título particular (de esta forma debe aportar su propio vehículo adaptado).
La prueba, que se realiza fuera de circulación, consiste en realizar un zigzag entre conos y una frenada de emergencia y sirve para valorar la idoneidad de las modificaciones propuestas por el CRM: “No se trata de un examen eliminatorio. Con estos dos ejercicios comprobamos la coordinación y valoramos si las adaptaciones son las más adecuadas. Si no lo son, debemos añadir otras”, destaca Enrique Santamaría, coordinador de examinadores de la jefatura de Tráfico de Madrid. “Una vez identificada esa necesidad, el aspirante ya puede pasar al teórico y a las clases prácticas”, añade Santamaría.
Centros especializados
El siguiente paso es buscar un centro de formación especializado que cuente con vehículos adaptados a este tipo de formación, pues no todas las autoescuelas los tienen. “Existen soluciones de adaptación para todas las discapacidades y problemas de movilidad que pueda tener un conductor", señala Iratxe Andrés, responsable de la autoescuela Irrintzi, centro de referencia en la formación adaptada.
“Las personas con necesidad de formación adaptada suelen venir a la autoescuela para la obtención del permiso. Pero también vienen conductores que necesitan pasar a un coche adaptado por alguna enfermedad”, afirma José Luis Pérez, profesor especializado en formación adaptada de la autoescuela Goya de Madrid, que recomienda dejarse aconsejar siempre por un profesor especializado antes de hacer adaptaciones necesarias en un vehículo: "Dentro del coche es donde realmente se ven cuáles son las adaptaciones necesarias".
Renovar con limitaciones
Los conductores que han sufrido amputaciones o enfermedades que afectan a la movilidad también deben solicitar adaptaciones y restricciones para renovar sus permisos de conducir si desean seguir conduciendo. Muchos de ellos son a menudo personas mayores: “En muchos casos solo ponemos limitaciones como la conducción diurna, acompañada, o limitada al entorno de su lugar de residencia, a su entorno conocido. Estas limitaciones son habituales para personas mayores que no tienen discapacidad pero que tampoco suelen aceptar su situación", afirma Santamaría. "Podemos facilitar mucho la vida a un conductor mayor simplemente poniéndole limitaciones. Un permiso no se retira si no es absolutamente necesario”, subraya Santamaría.
Valoración económica
Una vez que el conductor sabe cuáles son las adaptaciones necesarias para su vehículo, los especialistas recomiendan hacer una valoración económica de cada una de ellas en un taller homologado y especializado. Asimismo, es aconsejable que el conductor se informe sobre ayudas a la compra de vehículos adaptados, reducciones en el pago del IVA y exenciones en los impuestos de matriculación y de circulación. Así, existen descuentos para la compra de coches adaptados para personas con discapacidad, ayudas para adaptar vehículos concedidas por comunidades autónomas, fundaciones y otros organismos, y pólizas de seguros con coberturas específicas para vehículos adaptados.
En España, 53.948 personas tienen sus permisos para conducir (clase B) condicionados por su capacidad motora (datos de la DGT). La casi infinita casuística en la discapacidad física hace que haya gran variedad de adaptaciones para los vehículos y que éstas sean complementarias entre sí para facilitar al conductor el control de todos los mandos.
El Reglamento General de Conductores las describe, al igual que las posibles restricciones a la circulación aplicables a cada conductor. Son éstas, con sus códigos correspondientes, como figuran en el permiso de conducir:
Adaptaciones a vehículos
• Transmisión. Cambio de marchas adaptado o automático (10).
• Embrague. Accionamiento manual o automático (15).
• Freno. Pedal en pie izquierdo, con inclinación, accionado con la mano, con la rodilla, con una fuerza máxima determinada… (20).
• Acelerador. Pedal con inclinación, accionado con la mano, con la rodilla, asistido por fuerza externa… (25).
• Pedales. Doble juego de pedales, pedales al mismo nivel, piso elevado… (31).
• Sistemas combinados de freno de servicio y acelerador (32).
• Sistemas combinados de freno de servicio, acelerador y dirección (33).
• Mandos adaptados para faros, limpiaparabrisas, claxon e intermitentes. Accionables sin soltar el volante, acelerador y freno para mano izquierda y para mano derecha (35).
• Dirección. Control con fuerza máxima, posición adaptada del volante, controlada con el pie, mano o brazo, con las dos manos o los dos brazos… (40).
• Asiento del conductor. Altura y distancia al volante y pedales adecuados, adaptado a la forma del cuerpo, con soporte lateral para mejorar la estabilidad, con reposabrazos, cinturón de seguridad adaptado…(43).
Restricciones a conductores
• Prótesis. Para brazos y para piernas (03).
• Limitación a condición diurna (61).
• Limitación a conducir en un radio de km determinado (62).
• Conducir sin pasajeros (63).
• Limitación de velocidad (64).
• Conducción acompañada por el titular de un permiso de la misma categoría (65).
• Sin remolque (66).
• Conducción no permitida en autopista (67).
• Alcoholemia 0 (68).
• Con dispositivo antiarranque (Alcolock) (69).
Los menores de edad con limitaciones de movilidad también tienen posibilidad de circular con vehículos adaptados. La licencia LCM se puede obtener desde los 14 años y autoriza a conducir vehículos para personas con movilidad reducida. Para obtener la LCM, el aspirante debe superar dos pruebas: una teórica específica de control de conocimientos y otra práctica de control de aptitudes y comportamientos en pista. Los titulares de esta licencia tienen limitadas la velocidad para circular a 45 km/h y la alcoholemia a 0.0 y no podrán y no estarán autorizados a transportar pasajeros hasta los 16 años.
Se puede dar el caso de que la persona con discapacidad no conduzca y use el coche adaptado como pasajero. En una situación así, una persona con discapacidad sí puede comprar o adaptar un coche para discapacitados, ser su titular, beneficiarse de las ventajas fiscales correspondientes y solicitar su tarjeta de aparcamiento reservado. En cambio, el conductor habitual de ese vehículo no deberá beneficiarse de las ventajas asociadas cuando viaje solo.