Volver a conducir de manera segura
- A pesar de haber sufrido un ictus, se puede volver a conducir
27 octubre 2023
Los datos de la Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y Situaciones de Dependencia 2022 del Instituto Nacional de Estadística cifra en 435.400 las personas que padecen en España Daño Cerebral Adquirido y la previsión es que cada año se registren en nuestro país 104.701 nuevos casos. El 80% de ellos se producen tras sufrir un ictus, seguido de una segunda causa: los traumatismos craneoencefálicos.
Aunque no todas las personas pueden volver a conducir tras sufrir un daño cerebral adquirido, muchas de ellas sí son capaces de ponerse de nuevo al volante si las secuelas del episodio se lo permiten y así lo valora el médico y las autoridades pertinentes. Pero para conseguir este objetivo evaluar, correctamente los daños sufridos y recibir terapia y reeducación al volante es fundamental.
Cuáles son las secuelas que afectan a la conducción
Las secuelas que provoca el daño cerebral adquirido son muy variadas, dependen de la gravedad del episodio que generó la lesión y la zona del cerebro que resultó afectada. Pueden ir desde evidentes trastornos de la movilidad y dificultades a la hora de comunicarse a otras manifestaciones más sutiles, como por ejemplo, las alteraciones de la conducta.
Entre las que más afectan a la capacidad para conducir hay que estar pendientes de las menos “visibles” de esas secuelas, como por ejemplo las alteraciones visuales (la visión doble) u otras aún las más sutiles, como la dificultad para dividir la atención, orientarse espacialmente o hacer una correcta estimación de los riesgos al volante.
Curiosamente, una de las secuelas más llamativas, como es la hemiplejia (parálisis de un lado del cuerpo) no tiene por qué ser sinónimo de abandonar la idea de conducir. Con una rehabilitación adecuada, las adaptaciones necesarias en el vehículo y un entrenamiento en su conducción en una autoescuela especializada, muchas de las personas que padecen dificultades motoras a consecuencia de un ictus, logran volver a conducir.
Cómo y cuándo se puede volver a conducir tras un ictus
En la guía “Volver a conducir tras un daño cerebral”, realizada con el aval de la Dirección General de Tráfico y la Sociedad Española de Medicina del Tráfico, se habla de la normativa que regula el regreso a la conducción de estas personas, de hecho se cita el Anexo IV del Reglamento General de Conductores en el que quedan recogidas las "enfermedades y deficiencias" que son causa de denegación, adaptaciones o restricciones de circulación y otras limitaciones en la obtención o prórroga del permiso o la licencia de conducción.
Este anexo se refiere, específicamente, a problemas de salud que pueden aparecer fácilmente tras sufrir un daño cerebral como son las patologías que cursan con una disminución importante de las funciones cognitivas, motoras, sensitivas, sensoriales o de coordinación, así como todas aquellas que pueden provocar movimientos anormales de la cabeza, el tronco o las extremidades interfiriendo en el adecuado control del vehículo.
Por ello, para volver a poner en marcha el proceso de volver a conducir, la normativa pone una serie de límites. En el caso de los pacientes que se han recuperado de un ictus, para que se pueda valorar esa posibilidad, se les exige que hayan transcurrido al menos 6 meses sin síntomas neurológicos desde el último accidente isquémico transitorio o que hayan pasado un mínimo de doce meses desde que se establecen las secuelas del infarto o hemorragia cerebral.
Algo que se demuestra aportando un informe del neurólogo en el que se haga constar tanto un exploración clínica como un listado de la sintomatología actual, el pronóstico de evolución de la enfermedad y el tratamiento prescrito.
La evaluación psicofísica del conductor se realiza en los centros de reconocimiento de conductores, en los que se valora tanto la necesidad de adaptaciones en el vehículo como la de establecer restricciones u otras limitaciones para la conducción. Pero el examen final está a cargo de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente, que será la encargada de devolver su licencia de conducir al conductor si demuestra ser apto para volver a la carretera.
En resumen, el proceso que debe seguir una persona que quiera volver a conducir tras haber sufrido daño cerebral es el siguiente:
- Solicitar un informe al médico especialista responsable del tratamiento.
- Acudir a un centro de reconocimiento de conductores para una evaluación médica y psicológica. Además de valorar el estado del conductor, el centro puede proponer adaptaciones del vehículo, limitaciones en la conducción y definir códigos armonizados a incluir en la licencia de conducción.
- Si la persona es considerada apta para la conducción por el CRC, remite toda la información a la Jefatura Provincial de Tráfico que iniciará el proceso de realización de un examen práctico extraordinario.