Carta a titulares de vehículos de 7 a 10 años de antigüedad
- Compruebe que sus datos sean correctos y estén actualizados, en caso contrario diríjase a las Jefaturas Provinciales de Tráfico, previa cita
17 diciembre 2014
La Dirección General de Tráfico (DGT) tiene previsto enviar en los próximos días, cinco millones de cartas a los titulares que tengan un vehículo (turismo, todoterrenos y motocicletas) de entre 7 y 10 años de antigüedad para darles a conocer las características técnicas y la situación administrativa del vehículo del que constan como titulares, con la posibilidad de actualizarlos si no son correctos. Además se informará, con carácter general sobre la eficacia de los elementos de seguridad que equipan los vehículos.
¿Qué hacer si recibe la carta?
Pueden producirse dos situaciones: si los datos que aparecen en ella son correctos, no tiene que hacer nada; en cambio, si alguno de los datos que constan en el informe es erróneo o no está actualizado deberá dirigirse a cualquiera de las Jefaturas Provinciales de Tráfico, previa cita, para hacer las rectificaciones oportunas.
He vendido el coche y ya no soy el propietario
En el caso de que el ciudadano ya no sea propietario del vehículo porque lo hubiera vendido, podrá formalizar el cambio de titularidad del vehículo en las más de 8.000 oficinas de Correos que hay en España. Para ello, el ciudadano deberá presentar:
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La solicitud de notificación de cambio de titularidad que puede descargarse en la página de la DGT.
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El contrato o factura de la venta del vehículo.
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Copia del informe de su vehículo que ha recibido con la carta.
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Copia del DNI del titular.
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Y la copia de abono de la tasa (8,20 €) de notificación de venta, que puede ser pagada por Internet o en las entidades colaboradoras a través del modelo 791.
Una vez comprobado por parte del empleado de correos que todo es correcto, se le entrega al ciudadano un justificante de la presentación de notificación y correos envía a la DGT la documentación aportada para su posterior tramitación.
El vehículo ya no existe
Si el vehículo ya no existe, su titular podrá darlo de baja acudiendo a la Jefatura de Tráfico de su provincia, habiendo solicitado cita previa.
La tecnología incorporada al vehículo contribuye a reducir el riesgo de fallecer o de resultar herido grave en accidente de tráfico. Con la idea de que el ciudadano conozca cuáles son los sistemas de seguridad más efectivos que existen en el mercado, en el reverso del informe enviado se han clasificado estos sistemas de seguridad en función de si intervienen antes (desde el ABS al ESP o desde el indicador de presión de neumáticos a los limitadores de velocidad o las luces diurnas), durante (resposacabezas, airbags, cinturones de seguridad, anclajes Isofix de las sillitas infantiles...) y después (sistemas de llamada automática e-Call y hoja de rescate).
Este envío forma parte de la segunda remesa de cartas remitidas a titulares de vehículos, después de que en noviembre del año pasado la DGT enviara una carta similar a los propietarios de vehículos de más de 10 años de antigüedad. Aquellas misivas revelaron situaciones administrativas irregulares, como coches abandonados sin ser dados de baja en Tráfico o coches vendidos que continuaban estando a nombre del primer propietario, circunstancias todas ellas que han supuesto la baja de más de 400.000 vehículos y el incremento en un 10% de las solicitudes de baja a través de los Centros Autorizados de Tratamiento de Vehículos.